Cambio de titular de ciclomotores y vehículos de hasta 125cc. Gestión rápida, sencilla y sin complicaciones.
La transferencia de un ciclomotor es el trámite necesario para formalizar el cambio de propietario de un vehículo de hasta 125cc de cilindrada (o hasta 50cc en el caso de los ciclomotores clásicos) ante la Dirección General de Tráfico. Este procedimiento debe realizarse obligatoriamente cuando un ciclomotor, scooter o motocicleta ligera cambia de dueño, independientemente de si la transmisión se produce por compraventa, donación o herencia.
Los ciclomotores y las motocicletas de hasta 125cc constituyen uno de los segmentos de vehículos más populares en España, especialmente en zonas urbanas. Su precio accesible y su facilidad de uso hacen que el mercado de segunda mano sea muy activo. Sin embargo, muchos usuarios desconocen que la transferencia de estos vehículos es igual de obligatoria que la de un turismo, y que no realizar el cambio de titular puede generar problemas tanto al vendedor como al comprador.
En Gestoría Castelló Díaz, en Alcalá de Guadaíra (Sevilla), nos encargamos de toda la tramitación del cambio de nombre de su ciclomotor. Gestionamos la documentación ante la DGT, liquidamos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y preparamos el contrato de compraventa, todo ello para que usted no tenga que preocuparse de nada.
Tenga en cuenta que, a diferencia de los turismos y motos de mayor cilindrada, los ciclomotores tienen un régimen fiscal y de tasas diferenciado en la DGT. La tasa administrativa es inferior, lo que hace que el coste total de la transferencia sea más económico. Aun así, todos los requisitos documentales deben cumplirse igualmente para que el trámite se realice correctamente.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Honorarios Gestoría (IVA incluido) | Consultar |
| Póliza Colegio de Gestores | Consultar |
| Tasa DGT | 27,85 € |
| ITP (Impuesto Transmisiones Patrimoniales) | A calcular según vehículo |
La tasa DGT para ciclomotores es inferior a la de turismos y motocicletas. El ITP depende de la Comunidad Autónoma y el valor fiscal. Solicite presupuesto sin compromiso.
Complete el siguiente formulario y le enviaremos un presupuesto detallado para la transferencia de su ciclomotor.
A efectos de la DGT, se consideran ciclomotores los vehículos de dos o tres ruedas con motor de cilindrada no superior a 50cc (o equivalente eléctrico) y velocidad máxima de 45 km/h. Las motocicletas ligeras de hasta 125cc, aunque no son técnicamente ciclomotores, pueden acogerse a tasas reducidas en algunos supuestos. En nuestra gestoría le asesoramos sobre cuál es la categoría de su vehículo.
Sí, la tasa de la DGT para la transferencia de ciclomotores es de 27,85 €, frente a los 55,70 € que se aplican a turismos y motocicletas de más de 125cc. Esto, junto con un ITP generalmente más bajo debido al menor valor fiscal del vehículo, hace que la transferencia de un ciclomotor resulte más económica en su conjunto.
El seguro no es un requisito indispensable para la tramitación de la transferencia en la DGT, pero sí es obligatorio para poder circular. Le recomendamos que el nuevo propietario contrate un seguro a su nombre antes de utilizar el ciclomotor, ya que circular sin seguro es una infracción grave que puede acarrear sanciones de hasta 3.000 €.
La transferencia puede tramitarse sin que la ITV esté en vigor, pero el comprador deberá pasar la inspección técnica antes de poder circular legalmente con el ciclomotor. Si la ITV está caducada, se recomienda resolver este asunto cuanto antes tras formalizar la compra.
El trámite suele completarse en un plazo de 24 a 72 horas laborables una vez recibida toda la documentación. El nuevo permiso de circulación se envía por correo postal desde la DGT en un plazo aproximado de 15 a 20 días. Mientras tanto, el comprador podrá circular con el justificante de que el trámite está en curso.
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